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1999/084 - Miércoles 30 de Junio de 1999 III. OTRAS RESOLUCIONES
Examinado el expediente instruido a instancias de D. Miguel Ángel García Chávez, en nombre y representación de Grupo Dentazul, S.C.P. solicitando la autorización para la apertura y funcionamiento de un Centro Privado de Formación Profesional Específica denominado Grupo Dentazul, S.C.P., situado en la calle Villalba Hervás, 5, en Santa Cruz de Tenerife, para impartir el Ciclo Formativo de Grado Superior Prótesis Dentales, Familia Sanidad, para 60 puestos escolares, D I S P O N G O: Primero.- Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro que a continuación se describe: Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica. Denominación específica: Grupo Dentazul, S.C.P. Domicilio: calle Villalba Hervás, 5. Localidad: Santa Cruz de Tenerife. Municipio: Santa Cruz de Tenerife. Titular: Grupo Dentazul, S.C.P. Enseñanzas que se autorizan: Ciclo Formativo de Grado Superior: Técnico Superior en Prótesis Dentales. Capacidad: 2 grupos. Puestos escolares: 60. Segundo.- Teniendo en cuenta la duración del Ciclo Formativo de Grado Superior de Prótesis Dentales y el margen permitido por el grado de utilización de los espacios formativos que pueden ser ocupados por los alumnos, autorizar al Centro para impartir dicho ciclo en doble turno, no pudiendo superarse la capacidad máxima fijada en un grupo y 30 puestos escolares, en horario simultáneo. Tercero.- Con carácter previo a la implantación de estas enseñanzas, el Centro deberá comunicar a la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife dicha circunstancia y ésta deberá comprobar que las titulaciones y el equipamiento didáctico del mismo se ajustan a las condiciones establecidas. Cuarto.- Este Centro quedará adscrito al Instituto de Educación Secundaria Los Gladiolos, de Santa Cruz de Tenerife. Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de esta Orden, sin perjuicio de la interposición del recurso de reposición que los interesados puedan ejercitar en su caso, o de cualquier otro que estimen procedente. Santa Cruz de Tenerife, a 27 de mayo de 1999. EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.
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