•   INICIO
  •   INSTALACIONES
  •   NOTICIAS
  •   CURSOS
  •   EPITESIS
  •   DONDE ESTAMOS
  •   CONTACTO
  •   CICLOS FORMATIVOS
    • PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL
    • HOMOLOGACIÓN
    • NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
    • REQUISITOS Y DOCUMENTOS
    • PREINSCRIPCIÓN
    • MATRÍCULAS
    • ACCESO UNIVERSITARIOS
  •   GALERÍA DE FOTOS
    • TIPODONTOS


AulaVirtual

ENLACES DE INTERÉS

  • Hospital Universitario de Canarias
  • Centro Oftalmoquirúrgico
  • Hospital Universitario Nra Sra de Candelaria.
  • Sistema DENTAL GPH SATD
  • Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Santa Cruz de Tenerife
  • Ilustre Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España

GALERÍA DE IMÁGENES

Final de curso Promoción 2007-2009. Celebración

Inicio de sesión

  • Solicitar una nueva contraseña
Inicio

Homologación

Orden 510/2010

Fecha: 21/06/2010

Orden: 510

Resumen: ORDEN DE LA EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACION, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE SE AUTORIZA AL CENTRO PRIVADO DE FORMACION PROFESIONAL DENTAZUL S.L., A IMPARTIR LOS CICLOS FORMATIVOS HIGIENE BUCODENTAL PRESENCIAL Y A DISTANCIA Y PROTESIS DENTALES A DISTANCIA, A PARTIR DEL CURSO ACADEMIC0 2010/2011.

 

Examinado el expediente instruido a instancias de Miguel Ángel Huertas Moreno, con DNI.:07018136P, en representación de la entidad mercantil Grupo Dentazul SL, con CIF.:B38755344, sito en C/. Villalba Hervás 3-1° planta, Santa Cruz de Tenerife, en el que solicita autorización para impartir los ciclos formativos Prótesis Dentales a distancia e Higiene Bucodental presencial y a distancia, y de conformidad con los siguientes,


ANTECEDENTES DE HECHO.


Primero: Según consta en el Registro Especial de Centros Docentes de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa, el Centro Privado de Formación Profesional Grupo Dentazul, S.L., tiene autorización para impartir el ciclo formativo de grado superior, Prótesis Dentales 2 unidades y 60 puestos escolares.

Segundo: Con fecha 25 de enero de 2010, Miguel Ángel Huertas Moreno, solicita autorización para impartir los ciclos formativos Prótesis Dentales a distancia e Higiene Bucodental presencial y a distancia, a partir del curso académico 2010/2011.

Tercero: De conformidad con la propuesta de 7 de junio de 2010, del Ilmo. Sr. Director General de Centros e Infraestructura Educativa, por la que se propone la autorizacion al Centro Privado de Formacion Profesional Grupo Dentazul, S.L. a irnpartir los ciclos formativos Protesis Dentales a distancia e Higiene Bucodental, presencial y a distancia, a partir del curso académico 2010/2011, y de conformidad con los siguientes,


FUNDAMENTOS DE DERECHO.


Primero.- Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 13.5 del Real Decretol32/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria. (BOE 62, de 12.03.2010).

Segundo.- Es de aplicación lo dispuesto en los artículos 51 y 52 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE 3 de 03.01.2007).

Tercero.- Es de aplicación lo establecido en el Real Decreto 537/1995, de 7 de abril, por el que se establece el título de técnico superior en Higiene Bucodental y las correspondientes enseñanzas mínimas y el Real Decreto 541/1995, de 7 de abril, por el que se establece el titulo de técnico superior en Prótesis Dentales y las correspondientes enseñanzas mínimas.

Cuarto.- Conforme a lo previsto en los artículos 13 a 15 de la Orden de 13 de mayo de 1993, por el que se establece el procedimiento de autorización de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, (BOC 75, de 11.06.93), en su redacción actual.

En virtud de las competencias atribuidas el articulo 29.1.m) der la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas de Canarias (BOC 96, de 01.08.1990), en su redacción actual, el
articulo 5.e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio, (BOC 148, de 01.08.2006), en su redacción actual y el Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (BOC 141, de 14.07.2007).


DISPONGO:


Primero.- Autorizar al Centro Privado de Formación Profesional Grupo Dentazul S.L., a impartir los ciclos formativos Higiene Bucodental, presencial y a distancia y Prótesis Dentales a distancia, a partir del curso académico 2010/2011.

Segundo.- El centro educativo queda obligado presentar en la Dirección Territorial de Santa Cruz de Tenerife, la relación del personal docentes que va a impartir la docencia, así como a llevar a cabo la adquisición del equipamiento de las nuevas enseñanzas y a solicitar la oportuna revisión de la autorización cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden;

Tercero.- El Centro quedaré adscrito a efectos administrativos al IES Los Gladiolos (38009709), sito en C/. Huaracheros, s/n, 38007, Santa Cruz de Tenerife.

Cuarto: La configuración del Centro queda registrada como: 

     Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional.

     Denominación específica: Grupo Dentazul S.L.

     Número de Código: 35011923

     Titular: Grupo Dentazul S.L.

     Representante: Miguel Ángel Huertas Moreno

     Domicilio: C/. Villalba Hervás 3—1ª Planta

     Municipio: Santa Cruz de Tenerife

     Provincia: Santa Cruz de Tenerife

 

      Enseñanzas autorizadas:

      Ciclos Formativos de Grado Superior

                  Prótesis Dentales presencial, 2 unidades y 60 puestos escolares.

                  Prótesis Dentales a distancia, 2 unidades y 80 puestos escolares.

                  Higiene Bucodental presencial 2 unidades y 60 puestos escolares.

                  Higiene Bucodental a distancia 2 unidades y 80 puestos escolares.


Quinto.- Notificar la presente Orden al interesado, en cumplimiento del artículo 58 de Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (BOE 12, de
14.01.1999).

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso  potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, 0 bien directamente cabe interponer
recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso
potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.



La Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

Milagros Luis Brito

 

Orden 1086/1999

1999/084 - Miércoles 30 de Junio de 1999

III. OTRAS RESOLUCIONES

Consejería de Educación, Cultura y Deportes


1086 ORDEN de 27 de mayo de 1999, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Formación Profesional Específica Grupo Dentazul, S.C.P., de Santa Cruz de Tenerife.

Examinado el expediente instruido a instancias de D. Miguel Ángel García Chávez, en nombre y representación de Grupo Dentazul, S.C.P. solicitando la autorización para la apertura y funcionamiento de un Centro Privado de Formación Profesional Específica denominado Grupo Dentazul, S.C.P., situado en la calle Villalba Hervás, 5, en Santa Cruz de Tenerife, para impartir el Ciclo Formativo de Grado Superior Prótesis Dentales, Familia Sanidad, para 60 puestos escolares,

 

D I S P O N G O:

 

Primero.- Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro que a continuación se describe:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: Grupo Dentazul, S.C.P.

Domicilio: calle Villalba Hervás, 5.

Localidad: Santa Cruz de Tenerife.

Municipio: Santa Cruz de Tenerife.

Titular: Grupo Dentazul, S.C.P.

Enseñanzas que se autorizan: Ciclo Formativo de Grado Superior: Técnico Superior en Prótesis Dentales.

Capacidad: 2 grupos.

Puestos escolares: 60.

 

Segundo.- Teniendo en cuenta la duración del Ciclo Formativo de Grado Superior de Prótesis Dentales y el margen permitido por el grado de utilización de los espacios formativos que pueden ser ocupados por los alumnos, autorizar al Centro para impartir dicho ciclo en doble turno, no pudiendo superarse la capacidad máxima fijada en un grupo y 30 puestos escolares, en horario simultáneo.

 

Tercero.- Con carácter previo a la implantación de estas enseñanzas, el Centro deberá comunicar a la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife dicha circunstancia y ésta deberá comprobar que las titulaciones y el equipamiento didáctico del mismo se ajustan a las condiciones establecidas.

 

Cuarto.- Este Centro quedará adscrito al Instituto de Educación Secundaria Los Gladiolos, de Santa Cruz de Tenerife.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de esta Orden, sin perjuicio de la interposición del recurso de reposición que los interesados puedan ejercitar en su caso, o de cualquier otro que estimen procedente.

 

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de mayo de 1999.

 

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

 

 

 

José Mendoza Cabrera.

 

Contact Us | Terms of Use | Trademarks | Privacy Statement
Copyright © 2010 Dentazul. All Rights Reserved.